EL MOVIMIENTO ECOLOGISTA SOLICITA A DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA DETENER LA IMPUNIDAD DE LA FEDERACIÓN DE CAZA EN EL INCUMPLIMIENTO DE LAS LEYES CINEGÉTICAS Y DE PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA.
La actividad cinegética y la situación de los puestos y líneas de caza en Gipuzkoa constituyen un caos basado en la impunidad de este sector. Nuestras montañas y collados están invadidos de puestos y trepas de caza, incluso dentro de los 18 lugares de la Red NATURA 2000 y de los 88 montes de utilidad pública, condicionando la que debe ser su funcionalidad principal: garantizar el estado de conservación favorable de los hábitats naturales y especies, y en definitiva, de la biodiversidad de Gipuzkoa..... (leer más)
Eguzki, antinuklear eta ekologista
Ugatza, Ornitologia elkartea
Itsas Enara Ornitologia Elkartea
Mutriku Natur Taldea.
Haritzalde
Ekologistak Martxan
Okil Beltza Natur Taldea
Berdeak
Arkamurka Natur Taldea
Zumaia Natur Taldea
Osina Natur Taldea
Para leer el comunicado completo podéis visitar el blog de ITSAS ENARA.
.Los únicos furtivos en la mentira sois vosotros, los seudoecologistas, LEY DE CAZA PARA EUSKADI: Articulo 27. ZONAS DE SEGURIDAD.
ResponderEliminarSon zonas de seguridad aquellas en las que deban adoptarse medidas especiales para garantizar la protección de personas y sus bienes. HASTA AQUI LO UNICO QUE SABEIS LEER, pero el articulo 27 de la ley sigue diciendo: En las zonas de seguridad esta prohibida la caza con armas, CON LA EXCEPCIOM DE LOS PUESTOS FIJOS YA ESTABLECIDOS Y RECONOCIDOS POR EL ORGANO COMPETENTE DE LA DIPUTACION FORAL QUE CORRESPONDA, A LA ENTRADA EN VIGOR DE ESTA LEY; IGUALMENTE SE PODRAN EXCEPCIONAR POR EL ÓRGANO COMPETENTE DE LA DIPUTACIÓN FORAL LAS ZONAS DE LOS APARTADOS a), b) y c) del numero 3 de este articulo, cuando estén incluidas en un terreno cinegetico, a solicitud del titular del aprovechamiento cinegetico y siempre y cuando esté contemplado en el plan de ordenación cinegética. // Queda claro que todos los puestos fijos reconocidos antes de la entrada de la ley SON LEGALES.
Son zonas de seguridad:
a) Las vías y caminos de uso publico y las lineas férreas, así como sus margenes y en zonas de
servidumbre cuando se encuentren valladas.
b) Los bidegorris y las vías verdes declaradas como tales.
c) Las aguas públicas, incluidos sus cauces y margenes.
d) Los nucleos urbanos y rurales o casas rurales, edificios habitables aislados, las zonas de
acampada, recintos deportivos al aire libre, parques, instalaciones militares y aeropuertos y sus proximidades, áreas recreativas, instalaciones de explotaciones agrarias prioritarias, núcleos zoológicos, instalaciones fabriles o industriales, y cualquier otro que sea declarado como tal. Se entiende por núcleo rural a los efectos de esta ley, lo establecido en el articulo 29.1 de la ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.
Por lo tanto recalco en todas estas zonas se exime a los puestos fijos reconocidos por Diputación antes de la entrada en vigor de esta ley...
LEAN USTEDES LA LEY COMO ES DEBIDO.
LEY DE CAZA PARA EUSKADI: Articulo 27. ZONAS DE SEGURIDAD.
ResponderEliminarSon zonas de seguridad aquellas en las que deban adoptarse medidas especiales para garantizar la protección de personas y sus bienes. HASTA AQUI LO UNICO QUE SABEIS LEER, pero el articulo 27 de la ley sigue diciendo: En las zonas de seguridad esta prohibida la caza con armas, CON LA EXCEPCIOM DE LOS PUESTOS FIJOS YA ESTABLECIDOS Y RECONOCIDOS POR EL ORGANO COMPETENTE DE LA DIPUTACION FORAL QUE CORRESPONDA, A LA ENTRADA EN VIGOR DE ESTA LEY; IGUALMENTE SE PODRAN EXCEPCIONAR POR EL ÓRGANO COMPETENTE DE LA DIPUTACIÓN FORAL LAS ZONAS DE LOS APARTADOS a), b) y c) del numero 3 de este articulo, cuando estén incluidas en un terreno cinegetico, a solicitud del titular del aprovechamiento cinegetico y siempre y cuando esté contemplado en el plan de ordenación cinegética. // Queda claro que todos los puestos fijos reconocidos antes de la entrada de la ley SON LEGALES.
Son zonas de seguridad:
a) Las vías y caminos de uso publico y las lineas férreas, así como sus margenes y en zonas de
servidumbre cuando se encuentren valladas.
b) Los bidegorris y las vías verdes declaradas como tales.
c) Las aguas públicas, incluidos sus cauces y margenes.
d) Los nucleos urbanos y rurales o casas rurales, edificios habitables aislados, las zonas de
acampada, recintos deportivos al aire libre, parques, instalaciones militares y aeropuertos y sus proximidades, áreas recreativas, instalaciones de explotaciones agrarias prioritarias, núcleos zoológicos, instalaciones fabriles o industriales, y cualquier otro que sea declarado como tal. Se entiende por núcleo rural a los efectos de esta ley, lo establecido en el articulo 29.1 de la ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.
Por lo tanto recalco en todas estas zonas se exime a los puestos fijos reconocidos por Diputación antes de la entrada en vigor de esta ley...
LEAN USTEDES LA LEY COMO ES DEBIDO.